La ONU estableció la fecha que hoy se evoca en la sesión celebrada en noviembre de 2005.

Cada año, el 27 de enero se recuerda el Día Internacional de Conmemoración de las Víctimas del Holocausto, fecha elegida para evocar la liberación, en 1945, del campo de concentración y extermino nazi de Auschwitz-Birkenau.

Sesenta años después de este hecho, las Naciones Unidas establecieron la fecha que hoy se conmemora mediante la Resolución 60/7 aprobada en la Asamblea General del año 2005, en la 42ª sesión plenaria celebrada del 1º de noviembre de ese año.

A 74 años de la liberación de unos de los sitios más aberrantes del intento del nacionalsocialismo por aniquilar sistemáticamente a la comunidad judía de Europa, resulta prioritario y esencial recordar y transmitir el testimonio de las víctimas y sobrevivientes de la Shoá, para fortalecer la memoria de lo que fue el genocidio perpetrado por el régimen nazi, y ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro.

La fecha es propicia para destacar el espíritu y contenido de la resolución que, entre otros puntos, condena sin reservas todas las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades basadas en el origen étnico o las creencias religiosas, dondequiera que tengan lugar.

 

Resolución de la ONU – 1° de noviembre de 2005

El campo de concentración de Auschwitz-Birkenau. símbolo de la barbarie del régimen nazi.

Reafirmando que el Holocausto, que tuvo como resultado que un tercio del pueblo judío e innumerables miembros de otras minorías murieran asesinados, será siempre una advertencia para todo el mundo de los peligros del odio, el fanatismo, el racismo y los prejuicios.

  1. Decide que las Naciones Unidas designen el 27 de enero Día Internacional de Conmemoración anual en memoria de las víctimas del Holocausto;
  2. Insta a los Estados Miembros a que elaboren programas educativos que inculquen a las generaciones futuras las enseñanzas del Holocausto con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro y, en ese contexto, encomia al Grupo de Trabajo para la cooperación internacional en la enseñanza, recordación e investigación del Holocausto;
  3. Rechaza toda negación, ya sea parcial o total, del Holocausto como hecho histórico;
  4. Encomia a los Estados que han participado activamente en la preservación de los lugares que sirvieron de campos de exterminio, campos de concentración, campos de trabajo forzoso y cárceles nazis durante el Holocausto;
  5. Condena sin reservas todas las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades basadas en el origen étnico o las creencias religiosas, dondequiera que tengan lugar;
  6. Pide al Secretario General que establezca un programa de divulgación titulado “El Holocausto y las Naciones Unidas” y que adopte medidas para movilizar a la sociedad civil en pro de la recordación del Holocausto y la educación al respecto, con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro; que le informe sobre el establecimiento del programa en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de aprobación de la presente resolución; y que le informe, en su sexagésimo tercer período de sesiones, sobre la ejecución del programa.